2. BAJA COMO AUTÓNOMO PARA CESAR EN LA ACTIVIDAD DE CICLO_MENSAJER@.

Cuando dejes de desarrollar tu actividad económica como ciclo_mensajer@, no olvides:

Primero darte de baja como empresario en Hacienda (AEAT) cubriendo y presentando el modelo 037, y

Segundo, darte de baja en el régimen de autónomos de la Seguridad Social (Tesorería General Seg.Social).

Recuerda que el plazo para comunicar la baja en la Seguridad Social es de 3 días naturales a contar desde la fecha de cese de la actividad.

1º. BAJA EN HACIENDA COMO EMPRESARIO (AEAT).

Cumplimentar on-line el modelo 037 pidiendo la baja en el Censo de Empresarios y Porfesionales; luego, si no tienes firma electrónica, generas un archivo .pdf para imprimir y pides cita previa (tlf. 91.5548770 o cita previa on line) en una Administración de la Agencia Tributaria (AEAT); si tienes firma electrónica, lo presentas telemáticamente desde casa.

Para cubrir el modelo 037:

En ausencia de certificado digital o clave PIN24 H elige: "Cumplimentación, validación y obtención PDF para impresión 037".

En caso de tener certificado digital o clave PIN24 H elige: "Cumplimentación y presentación telemática 037".

Cumplimenta los campos: [101] NIF, [102] y [103] apellidos y nombre. Luego marcas la casilla [150], y eliges en la lista [151] como causa de la baja: Cese de actividades empresariales y profesionales”. Pon en la casilla [152] la fecha efectiva de la baja.

Finalmente hay que cubrir el pie de página del modelo 037 con el lugar, fecha y firma como interesado. Si vas a presentar el modelo en papel: le das al botón "validar" de la parte inferior de la pantalla para generar el pdf que tienes que imprimir. Solicita cita previa en el departamento de Censos para que te revisen el modelo y entregarlo (pincha aquí).

NOTA IMPORTANTE: Recuerda que por mucho que ya no tengas actividad económica, tendrás que tener en cuenta el trimestre en el que te has dado de baja, de cara a liquidar tus impuestos trimestrales y anuales. Ejemplo: como el año fiscal se divide en cuatro trimestres, si estás de alta desde enero hasta el último día del mes de abril, tienes que auto-liquidar el primer y segundo trimestre de IVA (modelo 303) y pagos fraccionados (modelo 130) en abril y julio, además de los modelos de resumen anual del IVA (modelo 390), resumen de operaciones con terceras personas (modelo 347) y Renta (modelo 100) que se presentan al año siguiente al cese. No obstante, si tenías más cuotas de IVA deducible (gastos) que de IVA devengado (ingresos), sí que te conviene presentar el modelo 303 4T para poder solicitar la devolución del dinero. 

Para cualquier duda sobre cumplimentar el modelo, se puede llamar al teléfono de atención al contribuyente de la Agencia Tributaria: 901335533 (opción Censos)

 

2º. BAJA EN LA SEGURIDAD SOCIAL  DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS (RETA).

Puedes solicitar tu baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) mediante certificado digital o Cl@ve. Si no cuentas con Certificado o Cl@ve, de forma excepcional, ante el estado generado por el COVID19, lo podrás hacer mediante un servicio que te permite introducir datos de identificación, redactar la solicitud y adjuntar documentación (pincha aquí).

Los datos a cumplimentar son:

1. El código IAE, un ciclomensajero normalmente está en el IAE: 8495, si estás dado de alta en varios IAE, pon el principal.

2. La fecha de cese de la actividad económica (la misma fecha que pusiste en el modelo 037).

3. La causa de la baja: "baja por cese en la actividad".

Una vez cubierto estos 3 datos, solo tienes que darle al botón confirmar y se generará el documento en pdf de la baja. Guárdalo.

IMPORTANTE: Existe un plazo para comunicar la baja a la Seguridad Social de de 3 días naturales. Si te surgen dudas sobre cumplimentar el modelo pincha aquí para ver las instrucciones oficiales. Más información en la web oficial de la Seguridad Social.